Difusión, fomento e investigación de la arquitectura
El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana convoca ayudas por 2,5 millones de euros para proyectos de difusión, fomento e investigación de la Arquitectura
- https://rdi.upc.edu/es/financiacion/todas-las-convocatorias-de-investigacion/difusion-fomento-e-investigacion-de-la-arquitectura
- Difusión, fomento e investigación de la arquitectura
- 2024-12-16T00:00:00+01:00
- 2025-02-12T23:59:59+01:00
- El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana convoca ayudas por 2,5 millones de euros para proyectos de difusión, fomento e investigación de la Arquitectura
16/12/2024 a 12/02/2025 (Europe/Madrid / UTC100)
Dirigido a
Personas físicas y jurídicas
Presupuesto
Hasta 2.500.000 €
Solicitudes
Hasta el 12/02/2025
Como aspectos más destacados de la convocatoria, se pueden mencionar los siguientes:
I. Finalidades previstas
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Promover el reconocimiento de la arquitectura como bien de interés general.
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Promocionar la calidad de la arquitectura como garante del bienestar de las personas.
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Evidenciar la dimensión cultural de esta disciplina como prestación intelectual, artística y profesional al servicio de toda la ciudadanía.
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Fomentar la investigación y generación de conocimiento interdisciplinar en el ámbito de la arquitectura promoviendo la innovación como respuesta a los grandes retos colectivos.
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Facilitar la conservación documental del legado arquitectónico español y su puesta en valor.
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Incentivar la reflexión colectiva sobre el potencial transformador de la arquitectura.
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Impulsar la formación y divulgar el conocimiento de los valores sociales, ambientales, culturales, artísticos y técnicos de la arquitectura española y de la arquitectura contemporánea de calidad.
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Capacidad de impacto de la propuesta en la sociedad para sensibilizar sobre la incidencia de la arquitectura en la vida cotidiana.
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Posicionar la excelencia de la arquitectura española como referente nacional e internacional.
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Promover e incorporar la perspectiva de género en la arquitectura.
II. Documentación a aportar
- En el caso de personas físicas el DNI/NIE o, si se trata de personas jurídicas el NIF/CIF cuando conste su oposición expresa al hecho de que esta Administración consulte los datos según establece el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones públicas. Copia digitalizada de la escritura pública de constitución inscrita en el registro correspondiente, incluidos el acta fundacional y los estatutos de la entidad actualizados.
- Copia digitalizada de la escritura de apoderamiento inscrita en el registro correspondiente, en caso de que el representante legal no figure en la escritura pública de constitución.
- DNI/NIE del representante de la empresa que solicita la ayuda.
- Proyecto.
- Memoria que describa la actividad de la entidad y de sus integrantes, así como su vinculación con el ámbito de la arquitectura y de la innovación.
- Presupuesto de ingresos y gastos.
- Cronograma previsto de desarrollo del proyecto por fases.
- Aquella otra documentación, declaración o aceptación incluida en el formulario electrónico de la solicitud.
- Plazo de ejecución: Un año desde la concesión de las ayudas, pudiendo financiarse de manera excepcional en la convocatoria 2024 actuaciones completas desde el 1 de enero de 2024.
- Beneficiarios: Podrán ser beneficiarios las personas físicas y jurídicas de nacionalidad española, de cualquier estado miembro de la Unión Europea o de los estados firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, que tengan su residencia fiscal en España y estén legalmente constituidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Quedan excluidas las administraciones públicas, sus organismos autónomos, las empresas públicas y otros entes del sector público; las universidades públicas y privadas, que pueden tener la consideración de beneficiarias.
III. Presentación de solicitudes
- Plazo: hasta el 12/02/2025. Plazo interno: 29/01/2025
- Quién: en el caso de propuestas de la UPC se presenta de forma centralizada
- Cómo: a través de la sede electrónica del Ministerio.
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